Vueltas y carrilesPregunta 69 de 229

Usted está en un distrito residencial. ¿Cuándo puede hacer una vuelta en U?

  1. Cuando no hay ninguna señal
  2. Cuando ningún vehículo se acerca a menos de 200 pies
  3. Cuando está en el carril derecho
  4. Cuando su direccional ha estado encendida por 100 pies
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Respuesta correcta: Cuando ningún vehículo se acerca a menos de 200 pies

En un distrito residencial, una vuelta en U es legal si ningún vehículo está a menos de 200 pies de usted.

Fuente: California Driver's Handbook (DL 600, California DMV, 2025), Section 6. Navigating the Roads: U-Turn, página 20

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Última revisión de las preguntas: 18 de octubre de 2026